miércoles, 11 de febrero de 2015

Prueba




Prueba de bloggg

Efectos de no oponer el acuerdo de arbitraje al contestar una demanda.




Efectos de no oponer el acuerdo de arbitraje al contestar una demanda. Respuesta a una pregunta de Yanett

Efectos de no oponer el acuerdo de arbitraje al contestar una demanda. 

Como lo informé en la última entrega, estamos cambiando el sistema y haciendo pruebas.  Por eso, y porque tengo que usar todo mi tiempo disponible en terminar un laudo, suspendí las entregas regulares de los martes y viernes.  Espero reaundarlas muy pronto.

Mientras tanto, publicaré pequeñas notas de opiniones que he dado y consideraciones sencillas sobre algunos temas.

Por lo pronto, va la primera

Me preguntaron lo siguiente.  Si una parte inicia un juicio mercantil, no obstante que tiene celebrada una cláusula de arbitraje para ese asunto, y la parte demandada no opone la cláusula de arbitraje y no pide la remisión al arbitraje, ¿se debe considerar que las partes renunciaron al acuerdo de arbitraje?

Mi respuesta:

1.  Artículo 1424 del Cco.  "El juez al que se someta un litigio sobre un asunto que sea objeto de un acuerdo de arbitraje, remitirá a las partes al arbitraje en el momento en que lo solicite cualquiera de ellas, …"

2.  Artículo 1464.  "Cuando una parte solicite la remisión al arbitraje en los términos del artículo 1424, se observará lo siguiente:

I.  La solicitud deberá hacerse en el primer escrito sobre la sustancia del asunto que presente el solicitante."

3.  En consecuencia, y en mi opinión, la contestación de la demanda no constituye una renuncia al arbitraje.  Sin embargo, si al contestar la demanda no se hace valer el acuerdo de arbitraje en los términos de los artículos 1424 y 1464, pidiendo al juez que remita a las partes al arbitraje, precluye el derecho de la parte para invocar el acuerdo de arbitraje en ese juicio.

4.  Pero, consideró que la preclusión sólo opera respecto del asunto en que no se hizo valer el acuerdo, sin que pueda concluirse que esa parte haya renunciado al acuerdo: renunció solo a hacerlo valer en ese caso específico.  Lo que quiere decir que si se presenta otra disputa diferente que esté cubierta por el mismo acuerdo, la cláusula sigue en vigor.

5.  No se puede “interpretar” que hubo una renuncia por conducta: 'si no lo hizo valer ahora quiere decir que no lo hará nunca’.  Sería una violación al contrato, ya que la renuncia de derechos privados que autoriza el artículo 6º “no produce efecto alguno si no se hace en términos claros y precisos, de tal suerte que no quede duda del derecho que se renuncia (artículo 7º del Código Civil Federal).

5.  Estas consideraciones las hago sin haber revisado el CLOUT, doctrina u otra jurisprudencia.  Por otras búsquedas en CLOUT me inclino a creer que no hay nada.

A partir de este momento, se baja la cortina de las preguntas por el día de hoy.


Saludos.

martes, 3 de febrero de 2015

Museo Soumaya

Plaza Carso

Museo Soumaya de Plaza Carso se encuentra ubicado en la zona de conversión urbana llamada Nuevo Polanco. Fue inaugurado el 29 de marzo de 2011 por el entonces presidente Felipe Calderón, con la asistencia del escritor colombiano Gabriel García Márquez y de muchos otros personajes. El edificio tiene un diseño vanguardista que consiste en una brillante estructura asimétrica plateada de formas suaves, con reminiscencias a la obra escultórica de Rodin. Tiene una altura de 46 metros y está recubierto por más de 16.000 placas de aluminio hexagonales, sin más aberturas visibles que la puerta de entrada. Es llamativo el hecho de que los paneles no se apoyan en el suelo ni se tocan entre sí, por lo que dan la impresión de flotar alrededor del edificio. La cubierta es semitransparente y permite que la planta superior se ilumine directamente por la luz del sol. Fue diseñado por el arquitecto mexicano Fernando Romero, con la asesoría de Ove Arup y Frank Gehry. La obra tuvo un costo aproximado de 47 millones de euros. El estilo arquitectónico ha sido comparado con el del Edificio Selfridges en Birmingham, y con el del Museo Guggenheim Bilbao. El interior del museo está dividido en 6 plantas conectadas entre sí mediante ascensores y una rampa exterior en espiral. Generalmente, se invita a los visitantes a subir hasta la sexta planta y descender cómodamente por la rampa, ya que el museo no tienen un discurso cronológico, sino temático.
Exposiciones:
VestíbuloSala 1 – permanente – De oro y plata: artes decorativasSala 2 – permanente – Asia en marfilSala 3 – permanente – Antiguos Maestros Europeos y NovohispanosSala 4 – permanente – Del Impresionismo a las VanguardiasSala 5 – temporal – Sophia Loren. México. Ayer hoy y mañanaSala 6 – permanente – La Era de Rodin

http://gabybc19980.blogspot.mx/2015/02/efectos-de-no-oponer-el-acuerdo-de.html

Comparto con ustedes un poco de lo que podrán encontrar en el  museo, esta muy lindo y la construcción es impresionante , vale la pena asistir

http://www.soumaya.com.mx/index.php/inicio/plaza_carso